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El Divorcio por Demanda Unilateral
El Divorcio por Demanda Unilateral - En el caso de que sólo uno de los cónyuges desea divorciarse y la convivencia ha cesado hace más de tres años, no reanudandose la vida en común en el intertanto.

El demandante debe acreditar, si lo exige el otro cónyuge, que ha dado cumplimiento a su obligación de alimentos respecto del demandado y sus hijos comunes.